GUILLERMINA NO QUIERE QUE MUESTREN A LORENZO...
"Buenos Aires, 11 de marzo de 2016
AUTOS Y VISTOS: RESUELVO:
Hacer lugar a la medida solicitada, y en consecuencia, ordeno notificar por cualquier medio previsto en el art.136 del Código Procesal a todas las empresas gráficas, periodísticas y/o medios de comunicación individualizados en el punto XIII.1 y XIII.2 de fs.8/vta.
que se abstengan de reproducir, difundir y/o publicitar a través de cualquier medio de comunicación gráfico, periodístico, televisivo y / o audiovisual y de internet, imágenes - y a sea fotografías fílmicas o captadas por cualquier medio que fuere- d e l menor Lorenzo Tinelli
en cualquier situación en que se encuentre sin que medie autorización previa y expresa de sus progenitores, bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias (conf. art.804 del Código Civil y Comercial de la Nación según ley 26.994).
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